POLÍTICA DE PRIVACIDAD, TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
En todo lo relacionado con la protección y el tratamiento de datos personales, la institución del Comisionado de Transparencia de Castilla y León actúa conforme con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, y las demás normas del ordenamiento jurídico que resulten aplicables a su actividad.
Responsable del tratamiento de datos personales
Sr. D. Tomás Quintana López
Comisionado de Transparencia de Castilla y León
C/ Sierra Pambley, núm. 4
León 24003
Teléfono: 987 276 240
Fax: 987 270 143 / 987 273 141
Correo electrónico: info@ctcyl.es
Página web: www.ctcyl.es
Delegada de protección de datos personales
Sra. Dª Alicia Carpintero Suárez
C/ Sierra Pambley, núm. 4
León 24003
Teléfono: 987 276 240
Fax: 987 270 143 / 987 273 141
Correo electrónico: dpo@pccyl.es
Página web: www.ctcyl.es
Finalidad del tratamiento de datos personales efectuado por la institución del Comisionado de Transparencia de Castilla y León
La recogida y el tratamiento de datos personales por la institución del Comisionado de Transparencia de Castilla y León se realiza, con carácter general, para atender y tramitar debidamente las reclamaciones de los ciudadanos en materia de acceso a la información pública y de denuncias de publicidad activa. A tal fin, la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, crea el Comisionado de Transparencia con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, remitiendo la tramitación de las reclamaciones que pudieran interponerse en tal sentido ante la Comisión de Transparencia a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, de forma que la publicación anual de la estadística y de un resumen de las reclamaciones recibidas por la Comisión se realiza con eliminación de cualquier dato personal. Del mismo modo, la publicación en la página electrónica de la institución de las resoluciones dictadas por la Comisión de Transparencia de Castilla y León se realiza previa seudonimización de datos personales.
Legitimación del tratamiento de datos personales
Las funciones del Comisionado de Transparencia se atribuyen al Procurador del Común de Castilla y León, correspondiéndole velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Al Procurador del Común se adscribe también la Comisión de Transparencia, órgano colegiado encargado de resolver las reclamaciones potestativas que se presenten contra las resoluciones de las solicitudes de acceso a la información de los órganos y entidades del sector público autonómico, de las entidades locales de Castilla y León y de su sector público. Ambos cumplen sus funciones con autonomía, independencia y objetividad, sin estar sometidos a mandato imperativo o recibir instrucciones de ninguna Autoridad. Su actuación asegura, en consecuencia, un control externo sobre la Administración y el sector público, entendido en sentido amplio, ordenado tanto al funcionamiento de estas entidades en el cumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa como a la defensa del derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos.
Conforme al artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679, el tratamiento de datos personales será lícito si resulta necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público, concretando el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, que solo podrá considerarse fundado en una misión de este tipo cuando derive de una competencia atribuida por una norma con rango de ley, caso de la institución del Comisionado de Transparencia de Castilla y León al amparo, fundamentalmente, de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de esta Comunidad Autónoma. También encuentra base jurídica en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la legislación procesal vigente.
En todo caso, conforme al artículo 115 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda reclamación se presentará en escrito firmado por el interesado y con sus datos de identificación y domicilio, en el que se harán constar de forma razonada y con la debida claridad el acto que se recurre y la razón de su impugnación, acompañando, en su caso, los documentos que puedan servir para la comprensión del caso. De no hacerlo así, la institución no podrá tramitar la reclamación correspondiente. Del mismo modo, a fin de cumplir con la misión de interés general y con el ejercicio de los poderes públicos que le encomienda el ordenamiento jurídico de Castilla y León, es deber legal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, las demás entidades y organismos incluidos en el artículo 2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, las corporaciones de derecho público cuyo ámbito de actuación se circunscriba exclusivamente a todo o parte del territorio de la Comunidad Autónoma, las entidades locales de Castilla y León y su sector público y las asociaciones constituidas por las referidas entidades y organismos, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, facilitar al Comisionado de Transparencia de Castilla y León la información que solicite y prestarle la colaboración necesaria para el ejercicio de sus funciones, sin que sea necesario que el interesado exprese su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales.
Posibles destinatarios del tratamiento de datos personales
Los datos personales recabados y tratados por el Comisionado de Transparencia de Castilla y León en el ejercicio de su actividad podrán ser comunicados a las siguientes entidades:
1. En relación con la misión institucional de interés general de la institución:
- Las Administraciones, organismos y entidades integrantes del sector público, así como corporaciones de derecho público con sede en Castilla y León que se consideren, en cada caso, competentes para informar, conocer o resolver sobre la cuestión objeto de reclamación.
- El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno u otros órganos de garantía en materia de transparencia, cuando se considere que son los competentes.
- El Defensor del Pueblo de España u otros altos comisionados parlamentarios de las Comunidades Autónomas con funciones equivalentes, cuando se considere que son los competentes.
- Los órganos judiciales competentes cuando recaben expedientes o actuaciones sometidas a su conocimiento conforme a las leyes procesales y judiciales aplicables.
- El Ministerio Fiscal, en su caso.
- Las personas que acrediten un interés legítimo para acceder a los datos personales u otra información de la institución, valorando y optando, en este caso, por la seudonimización o la necesidad de recabar el consentimiento del afectado si así lo requiriese la normativa aplicable o lo considerara necesario el Responsable del tratamiento de los datos personales para una mejor protección de los derechos de este último.
Procedencia de datos personales
Los datos personales recabados y tratados por la institución del Comisionado de Transparencia de Castilla y León proceden del propio interesado que plantea una reclamación, en su caso, de las Administraciones, organismos y entidades integrantes del sector público, así como corporaciones de derecho público consideradas en cada caso competentes para su conocimiento o resolución.
Pueden ser recabados, en general, a consecuencia de la recepción, archivo, control de entrada y salida de los escritos y documentos que se presentan o dirigen a la institución, así como verbalmente a raíz de las consultas, peticiones de citas y visitas que pudieran realizarse a la institución (ya sea por por teléfono o presencialmente).
Si el interesado en una reclamación facilita datos personales de terceros, asume la responsabilidad de informarles previamente en los términos dispuestos por el artículo 14 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
Duración del tratamiento de datos personales
No se contemplan plazos de supresión de los datos personales por aplicación a la institución de la normativa sobre archivos públicos y patrimonio documental, si bien los deberes de información y transparencia en la materia se considerarán cumplidos para un período de cinco años una vez acreditada la puesta a disposición del interesado de la información básica en la materia, renovándose en caso de ser necesario respecto a aquellos interesados que mantengan relación y contacto con la institución.
En todo caso, el Comisionado de Transparencia de Castilla y León conservará en sus archivos, conforme al ordenamiento jurídico vigente, los documentos producidos por la institución en el ejercicio de su actividad, dando cumplimiento a los derechos de acceso y consulta en los términos que resulten legalmente aplicables.
Derechos de los interesados
Los interesados tienen los derechos que les reconocen el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el resto de la normativa aplicable en materia de protección de datos, incluido, en particular, el derecho a conocer el origen de sus datos personales cuando no se hayan obtenido de ellos.
Los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición respecto a los datos personales recabados y tratados por el Comisionado de Transparencia de Castilla y León serán ejercitables por los interesados en los términos establecidos en la legislación vigente.
Para su ejercicio, los interesados habrán de dirigir solicitud escrita al Comisionado de Transparencia de Castilla y León, C/ Sierra Pambley 4, León (código postal 24003), correo electrónico info@ctcyl.es, pudiendo, en caso de no estar de acuerdo con su actuación, presentar una reclamación ante la Delegada de protección de datos personales de la institución o la Agencia Española de Protección de Datos, en su calidad de autoridad de control en la materia.
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